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CUMPLIR CON EL GAFI 1200

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EXIGE EL GAFI PRESENTACIONES DEL SECTOR

La Confederación Argentina de Mutualidades -CAM- solicitó a las Federaciones asociadas y sus entidades de base a enviar con carácter de urgente una comunicación solicitando que tengan a bien cumplimentar con la Resolución INAES 5076/23 en materia de Prevención de LA y FT, que es el nombre que se le da a los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo; con la remisión del Balance Electrónico al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Destacan que es importante señalar que su cumplimiento es fundamental para la Evaluación del GAFI de nuestro país, prevista para el mes de marzo del corriente año. Esto no es un tema menor.

Qué es el GAFI

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI o FATF, por su sigla en inglés) es una organización intergubernamental creada en 1989 por los países integrantes del G-7, que fija los estándares internacionales y promueve la efectiva implementación de políticas, medidas legales, regulatorias y operativas para prevenir y combatir el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM), así como también otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional, la seguridad y la paz mundiales.

Actualmente, el GAFI cuenta con 40 miembros -38 jurisdicciones y 2 organizaciones regionales – la Comisión Europea y el Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo-, 9 miembros asociados y 25 organizaciones observadoras. La República Argentina es miembro pleno desde el año 2000.

La Resolución INAES N.º 5076/23 de Información Estadística

-La misma dispone que las Asociaciones Mutuales que revisten el carácter de Sujetos Obligados en los términos del artículo 20 inciso 20 de la Ley N.° 25.246 y sus modificatorias y de la Resolución N.º 99/2023 de la UIF deberán informar al INAES, bajo la forma de declaración jurada, la información estadística detallada en el Anexo, correspondiente a los años 2021 y 2022 antes del 31-12-2023.

-En relación a los datos estadísticos del año 2023, aunque el Balance aún no se encuentre aprobado, es de suma importancia que transmitan los datos estadísticos hasta el 29/02/2024. Dicho plazo es improrrogable, ya que los evaluadores del Grupo de Acción Financiera Internacional -GAFI- llegan a la República Argentina el 06 de marzo próximo, en el marco de la Cuarta Ronda de Evaluaciones Mutuas de sus miembros, para la evaluación del cumplimiento técnico y la eficacia.

-Está claro que el Balance no es exigible para aquellas entidades que cierran su ejercicio económico el 31-12-2023, y que la información a transmitir no va a estar auditada por el INAES, pero se deberá hacer un estimativo con el Balance de sumas y saldos, por ejemplo. Luego, con la remisión del correspondiente quedará rectificado lo informado, en caso de que surjan diferencias.

Solicitud urgente del INAES

Es de suma importancia para el INAES contar con la mayor cantidad de datos actualizados a fin de poder mostrar la materialidad del Sector, en defensa del mismo y a fin de evitar la aplicación de las sanciones a Entidades Mutuales, que dispone el art. 5 de la mencionada Resolución.

Consulta de Instructivo

Por último, recordamos que es obligatoria la transmisión electrónica de los Balances al INAES, conforme Resolución INAES N.° 4110/2010, cuyo instructivo se puede consultar en: https://www.argentina.gob.ar/cargar-balance-web, a fin de evitar la aplicación de las sanciones dispuestas por la Resolución INAES N.º 609/2014.

Colofón

Es muy importante para el país recobrar la credibilidad internacional. Por lo tanto, todo lo que se pueda hacer, hay que hacerlo sin retaceos. Es una cuestión colaborativa y un salto de Fe, en cuánto a que, lo que hacemos, va a contribuir al bien común, a una sociedad mejor y que vale la pena.

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