Social y Solidaria

Dr. Gustavo Sosa - Etapas del Derecho Cooperativo

Primera etapa

La Ley Nacional de Educación Nº 1420, hace mención a la educación y valores cooperativos, es decir, ese sería el primer antecedente a nivel de Ley Nacional.

Otro antecedente es la incorporación en el siglo XIX en el Código Comercial de tres artículos donde se mencionaban a las cooperativas y en uno de los artículos menciona el principio de gestión democrática que consiste en asignar un voto por asociado.

Para el siglo XX, tuvimos ya varios proyectos de Ley de Cooperativismo Agropecuario, de Crédito, de Vivienda, y el Congreso Argentino de la Cooperación de los que se rescatan tres temas: inclusión o no del concepto de neutralidad política religiosa y racial, la remuneración a los directivos y la exención de impuestos.

Segunda etapa

Esta es una etapa prolifera con la aprobación de la ley 11388 en 1926, primera Ley General de Cooperativas que se mantuvo hasta el año 73, una ley corta pero importante por la aparición de cooperativismo de servicios públicos, de trabajo, el desarrollo y fortalecimiento del cooperativismo de consumo, de las cajas de crédito cooperativas, etc.

Tercera etapa

Llegamos al año 1973, fecha en que se formó una Comisión con cuatro juristas que presentan un proyecto y dan vigencia en ese año a la ley 20337. Esta Ley terminó de consolidar al sector con la existencia del Instituto Nacional de Acción Cooperativa actualmente INAES.

En este año buena parte del derecho fue modificada, aquí tenemos la Ley de Mutuales, la Ley de Sociedades, la Ley de Fundaciones que se mantuvieron hasta la actualidad.

Situación actual

Ley 20337

Entramos en una cuarta etapa, ya tenemos un desarrollo de 46 años de la Ley 20337, una Ley sólida muy respetada a nivel latinoamericano, el movimiento la ha defendido y la defiende. Por eso, estamos alertas a eventuales modificaciones en el Congreso. Tenemos la necesidad de pensar si debemos hacer actualizaciones a esta normativa, no una derogación ni cambio total. Tenemos mucho material de un desarrollo de anteproyecto en el año 2014/15 que se generó en un año de foros y quedaron trabajos que pueden ayudar a desarrollar una mejor legislación.

Legislación internacional

Tenemos otro movimiento que se está desarrollando en el cooperativismo en el marco legal que es la legislación en la Economía Social y Solidaria. Por ejemplo, en el proceso constitucional de Ecuador se promulga una Ley de Economía Popular, Social, Solidaria y Comunitaria, acentuando al sector cooperativo. También en Bolivia hay inquietudes al respecto. 

Otros frentes de batalla

-En nuestro país, con la vigencia del nuevo Código Civil y Comercial en agosto de 2015, no se ha incorporado aún la figura cooperativa y nuestra Constitución Nacional reconoce como sujeto de orden constitucional a las Asociaciones de Consumidores, pero no rescata las cooperativas, que tienen más presencia.

En un futuro hay que modificar esto ya que las cooperativas deben estar presentes como lo están en la legislación de las provincias de nuestro país.

-Existe una proliferación de las normativas en cada uno de los sectores, con muchas ramas del derecho en el sistema de seguros, financieros, en aspectos donde a las cooperativas las involucran a veces reconociendo su naturaleza y en otros casos, no tanto.

Ordenamiento Resoluciones

Es necesario pensar en un ordenamiento y sistematización de la Resolución de Autoridades de Aplicación Nacional que hoy tiene más de 150 resoluciones generales; el INAES no tiene legislación delegada, aunque a veces ha innovado en cuestiones que la ley no establece. Desde los celebrados Títulos Cooperativos de Capitalización, los TICOCA; la novedad de las suspensiones de matrículas que no están previstas en la ley y hoy se da la mayor cantidad de cooperativas suspendidas del país y es por una innovación del Instituto. Tenemos que tener ordenados este tipo de reglamentaciones.

Cooperativas de Trabajo

En la cuestión del Derecho del Trabajo, hace muchos años que se vienen discutiendo proyectos o ideas para una Ley de Cooperativas de Trabajo, creo que se necesita un debate sincero, concreto y resolver ciertas posiciones encontradas que hay en el sector, pero tener algo escrito.

Hoy estamos entre el autónomo y el trabajador bajo relación de dependencia y los cooperativistas del trabajo no se encuentran, son sujetos en el purgatorio hacia algún lugar. Creo que debieran ser debidamente reconocidos, y eso es en lo que hay que trabajar, en que la legislación los reconozca como sujetos permanentes y no temporarios de derecho.

Sistema Tributario

Lo que sigue es el sistema tributario impositivo, hoy tenemos un fondo especial, tenemos una contribución especial para algún tipo de cooperativa como las de crédito y seguros, También debemos discutir a nivel nacional y local, el tema de ingresos brutos, de los impuestos porque siempre estamos tironeados por las demandas de las cajas, y las cajas no reconocen naturaleza jurídica y eso es un gran problema.

Otras agendas

Generamos un sujeto activo con una agenda propia, novedosa, pero es el cooperativismo de otras agendas, la agenda ambiental, la agenda de movimiento feminista, la agenda del cuidado. No digo que con esto estamos innovando el Derecho Cooperativo, pero no podemos desconocerlo.

Nuestros frentes están vinculados a: usuarios y consumidores, al tema del trabajo, al tema tributario, son frentes clásicos de hace muchos años que todavía no logramos resolver del todo y creo que ese es el desafío con la cuarta etapa del derecho cooperativo.

Colofón

También está la cuestión de que la Economía Social y Solidaria va más allá de las cooperativas, entonces tenemos que pensar estrategias de vinculación con todas aquellas organizaciones y entidades asociativas y sin fines de lucro, democráticas, las mutuales, asociaciones civiles, cooperadoras, y otras organizaciones que hacen el sustento y la fortaleza de nuestra sociedad, que es la que siempre responde ante las crisis.

Dr. Gustavo Sosa
Dr. Gustavo Sosa